Es muy habitual que en estos tiempos de crisis las familias agobiadas por la reducción de salarios en una decisión desesperada hayan buscado financiación en cualquiera de los chiringuitos financieros, que inexplicablemente siguen actuando a la vista de nuestro “estimado” BDE.
Da igual lo que firmes, lo que solicites a estas empresas, te aplicarán por defecto lo que denominan “pago aplazado”, lo que significa que nunca cancelarás la deuda contraída con ellos. Bajo este sistema te pasarán por el banco un recibo con una cuota fija, que abonarás mensualmente y que ellos aplicarán a diferentes conceptos como Seguro protección pagos, comisiones, etc., después a una parte de esos intereses del 24% anual que siempre te ocultaron detrás de una letra ilegible y de un comercial sin escrúpulos, pero nunca lo aplicarán a la amortización del capital prestado. Esto significa simplemente que los intereses que debes son sumados al capital prestado y los nuevos intereses, devengando nuevamente intereses generándose cada mes una deuda que aumenta sin ningún tipo de control de manera inevitable.
A partir de aquí, los que por cansancio, ira o desgaste económico no paguen la cuota fija mensual, verán como incrementan su deuda con comisiones de 30-35 euros por NO reclamación de saldo deudor, que también contraviniendo la ley se capitaliza con la deuda devengándose más intereses. Después llegarán las llamadas telefónicas, las amenazas con los registros de morosos, simulaciones de procedimientos monitorios que no son interpuestos, hasta que utilizan su gran arma, VENDEN TU DEUDA A UNA EMPRESA DE RECOBRO, se intensificarán las llamadas, las amenazas y finalmente interpondrán un procedimiento monitorio.
Hasta aquí la parte negativa, ahora nos toca mover ficha a nosotros!!!!!!!! Siempre será aconsejable dejarse asesorar por un abogado para fundamentar desde el principio la victoria judicial, siguiendo unos simples pasos:
1.- No reconocer la deuda por los motivos que hemos contado, como cobro de seguros no contratados, intereses de demora y remuneratorios abusivos, comisiones indebidas, etc… (ESTO PERMITIRÁ QUE NOS EXCLUYAN DE REGISTROS DE MOROSOS EN EL FUTURO).
2.- Ante las llamadas de chiringuitos financieros disfrazados de despachos de abogados o asesorías, SOLICITAR EJERCER EL DERECHO DE ACCESO Y CONTINUAR CON DENUNCIA ANTE LA AEPD.
3.- Esperar que llegue la notificación judicial de la solicitud de procedimiento monitorio.
4.- Anotar la fecha de recepción y contactar con un abogado de tu confianza para presentar oposición al mismo, siendo obligatoria su intervención si la reclamación supera los 2.000 euros. Si tuvieras que solicitar justicia gratuita recuerda que deberás cumplir los trámites de solicitud en los 3 primeros días desde la notificación (Infórmate en el colegio de abogados de tu ciudad).
5.- SIEMPRE deberás oponerte a la solicitud de monitorio, de otra forma, la deuda reclamada será reconocida judicialmente y automáticamente comenzarán los embargos. Pero además deberás oponerte porque tienes razón y muchas opciones de que el juez que corresponda te lo reconozca.
En los últimos tiempos es habitual encontrarnos con Sentencias cada día que desestiman las demandas de estos “chiringuitos financieros”, por diferentes y variados motivos como Falta de legitimación para interponer demanda, aplicación de la Ley de Represión de la Usura de 1.908 (si de hace más de 100 años, no está equivocado), nulidad por condición general contratación y abusividad según Ley defensa de consumidores y usuarios y la mejor de todas PORQUE SE NECESITA LUPA PARA LEER EL CONTRATO, lo que implica una evidente falta de información y negociación de las clausulas contractuales. En definitiva, que no os pueda el desánimo, no aceptéis los acuerdos que os propongan porque no deberíais pagar ninguna cantidad, y buscar consejo legal profesional y plantad cara a estos desalmados!!!!!!!!
FERNANDO LÓPEZ ESTRADA MONTERO ABOGADO.