NUEVO CASO RESUELTO

Un nuevo caso resuelto, Juan Carlos, de nacionalidad peruana, ya tiene concedido el permiso de residencia por arraigo laboral lo que le permite desempeñar su trabajo en España y residir en el país. En un principio le fue denegada pero, una vez interpuesto recurso y admitido la Subdelegada de Gobierno de Guadalajara resolvió el caso favorablemente.

YA TIENE SU PERMISO DE RESIDENCIA

José Gregorio, nacido en Venezuela, ha obtenido recientemente permiso de residencia por arraigo laboral lo que le permite residir y trabajar en España hasta 2024.

Denegado en principio, presentamos recurso en contra que fue admitido por la Subdelegación de Gobierno de Guadalajara que confirmó que se cumplen todos los requisitos para la concesión de residencia.

José Gregorio está encantado porque le permitirá acceder a todas las ventajas de la residencia en España.

UN NUEVO CASO RESUELTO

Una vez estudiada la documentación presentada por nuestro despacho y visto que se cumplían todos los requisitos, la Delegación de Gobierno de Guadalajara ha concedido la autorización de residencia por arraigo laboral a nuestro cliente Edgar Andrés, de nacionalidad venezolana.

A partir de este momento, se deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad. Le deseamos una feliz residencia en nuestro país.

YA PUEDE TRABAJAR EN ESPAÑA

Khalid, de nacionalidad marroquí, lleva residiendo en España más de 3 años y durante este tiempo ha estado trabajando sin papeles.

El Juzgado de lo Social ha reconocido como válido un contrato de trabajo de Khalid durante un periodo de un año y esto nos ha permitido solicitar el permiso de residencia y trabajo por arraigo laboral que le ha sido concedido por la Subdelegación de Gobierno de Guadalajara y que permitirá a Khalid trabajar y residir en España de manera legal.

UN NUEVO CASO RESUELTO DE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA

Alexander tiene un hijo nacido en España, con nacionalidad española y estaba residiendo en España de manera irregular. Acudió a nuestro despacho porque quería regularizar su situación.

Una vez presentado su expediente alegando este motivo la Subdelegación de Gobierno de Guadalajara le ha concedido permiso de residencia y trabajo por arraigo familiar durante los próximos cinco años.

A partir de este momento, se deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad.

Le deseamos una feliz residencia en nuestro país.

Contacta con nosotros para cualquier duda o trámite que necesites.

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR ARRAIGO LABORAL

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR ARRAIGO LABORAL

Lesbia Auristela de nacionalidad venezolana, acudió a nuestro despacho para solicitar la residencia en España; una vez estudiado su expediente presentamos la solicitud en la Subdelegación del Gobierno de la Comunidad Valenciana que falló a su favor concediendo a Lesbia Auristela la residencia temporal por circunstancias excepcionales con autorización para trabajar por cuenta ajena y cuenta propia lo que le permite solicitar la tarjeta de identidad de extranjero.

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA

Nuestro despacho está especializado en resolución de solicitud de permisos de residencia y otros casos de extranjería.

Recientemente hemos conseguido en la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación de Gobierno de Guadalajara la concesión de autorización de residencia por arraigo social para Aisler Cristofer, de nacionalidad colombiana.

Se le ha concedido autorización para trabajar por cuenta ajena, en la empresa para la que se le contrata, sin restricciones de ámbito geográfico y sectorial.

Los trámites a seguir a partir de este momento son: formalizar el alta en la Seguridad Social por parte de la empresa contratante, remitir a la Subdelegación de Gobierno de Guadalajara el documento de alta en la Seguridad Social, para su grabación en la aplicación informática de Extranjería y poder realizar el trámite de toma de huella en Comisaría, solicitar cita con la Comisaría y acudir con el pasaporte, la resolución de autorización y dos fotografías tamaño carné para obtener la tarjeta de residencia.

SE DECLARA INCONSTITUCIONAL EL PRIMER ESTADO DE ALARMA. ¿TUVISTE SANCIONES? ¡RECÚRRELAS!

SE DECLARA INCONSTITUCIONAL EL PRIMER ESTADO DE ALARMA. ¿TUVISTE SANCIONES? ¡RECÚRRELAS!

Tras el pronunciamiento del Tribunal Constitucional en la Sentencia de 14 de julio de 2021, se ha declarado inconstitucional el primer Estado de Alarma por devenir inconstitucionales y nulos los apartados 1,3 y 5 del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma debido a la crisis sanitaria del Covid-19. El alto Tribunal ha considerado que dichos preceptos contravienen el derecho fundamental a la libre circulación, recogido el artículo 19 de nuestra Constitución Española, ya que este derecho tan solo podría suspenderse en el caso de que se declarase el estado de excepción o de sitio según se recoge en el artículo 55.1 de nuestra Carta Magna.

Esto supone que las sanciones impuestas durante el primer estado de alarma devienen nulas de pleno derecho, sin embargo, tan solo les son reconocidas esta nulidad en la cuantía no satisfecha. ¿Qué quiere decir?

  • Que todo aquel al le haya sido impuesta una sanción y la misma no haya sido satisfecha, ya no tendrá la obligación de pagarla, pues la misma deja de existir.
  • Que todo aquel que haya abonado el pago de la sanción, ya sea íntegra o parcialmente, en aras de la seguridad jurídica, no podrán ser devueltas a pesar de haber sido declarada nula la actuación por la que se le impuso la misma.

Si te encuentras en esta situación y deseas recurrir la sanción impuesta bajo el primer estado de alarma no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de atenderte y resolver todas tus dudas.

¿Ocurrirá lo mismo con las sanciones impuestas en el segun estado de alarma? De momento estamos a expensas del pronunciamiento del Tribunal, pero a priori parece que correrá la misma suerte. Os mantendremos informados.

Cristina Martínez Pérez

Abogada.